Francisco Aguirre Leo

La curiosidad se presenta hoy nuevamente sobre los actores del mercado eléctrico en vísperas de una nueva fijación tarifaria semestral de los así llamados precios de nudo, fijación que hace el Ministerio de Economía con elaboración técnica de la CNE. Recordemos aspectos relevantes de este proceso que comienza esta semana y termina a fines de octubre. Los precios de nudo se aplican a las ventas de potencia y energía eléctrica de los generadores a las empresas distribuidoras, lo que en el país representa actualmente un negocio de valor cercano a 800 millones de US$ al año. Esta cifra, a su vez, representa algo más del 40% del costo de distribución de electricidad cuyo negocio agrega unos 1200 millones de US$ a los costos de suministro eléctrico de los consumidores finales regulados, con demandas de hasta 2000 Kw de potencia. Los precios aplican a cerca del 70% del consumo total en el mercado del SIC y a cerca del 20% del SING, lo que implica aproximadamente el 60% de todo el país, incluidos consumos industriales y mineros. La filosofía de cálculo se basa en costos de inversión, de operación futura y de falla (racionamiento), en un mercado teórico supuestamente adaptado en oferta-demanda que resulta de procedimientos de optimización económica explícitos en la ley eléctrica, los que no reciben influencia contable histórica de ninguna empresa del sector. Su cálculo proviene de costos de inversión y de uso de combustibles a precios internacionales. Todas las cifras se expresan en dólares y, para efecto de aplicación tarifaria, se traducen en moneda nacional a tipo de cambio observado. El cálculo técnico económico inicial se hace separadamente para potencia y para la energía. El precio regulado del primero depende de costos de inversión de centrales generadoras de baja inversión. El precio de la energía resulta de costos marginales que salen de simular la operación futura del sistema eléctrico. Esto en un cálculo que abarca cuatro años futuros para el SIC y dos para el SING y para los sistemas aislados de Aysén, Porvenir y Punta Arenas. Finalmente, no obstante el severo y explícito procedimiento legal, la propia ley exige que los precios de nudo resultantes deben quedar en una banda de un 10% alrededor de los precios convenidos por los grandes industriales y mineros que negocian libremente sus precios y condiciones con sus respectivos proveedores. Esto obliga a un eventual ajuste al límite pertinente, el que ha debido hacerse permanentemente desde 1997 ajustando al alza, resultando así que los precios que regula el Ministerio de Economía han quedado sólo en manos del mercado libre con los principales industriales y mineros del país y a un 10% bajo el nivel de estos precios. Este fenómeno hace que las empresas eléctricas generadoras hoy vean como peores clientes al segmento regulado del mercado, lo que es una repetición de una situación que hace 10 años dejó sin contratos de suministro a varias distribuidoras del país, provocando un conflicto que ya se está recordando en esta ocasión y que puede crear presión adicional en esta área económica de tanta polémica reciente.